HABILITACIÓN URBANAEl procedimiento de habilitación urbana tiene dos etapas y se inicia con la solicitud de Licencia de Habilitación Urbana, en la respectiva municipalidad, según los requisitos establecidos en la Ley 29090 y su Reglamento. Ver base legal al final. Aunque no es la única forma para convertir un terreno rústico en urbano, como veremos.
¿QUÉ ES UNA HABILITACIÓN URBANA?Es el procedimiento administrativo para convertir un terreno rústico o eriazo en uno urbano (queda claro que las habilitaciones urbanas solo aplican a terrenos rústicos y no procede cuando son urbanos), mediante la ejecución de las obras necesarias para que tenga accesibilidad (pistas y veredas), acceso a la red de distribución de agua potable y de recolección de desagüe, acceso a la red de distribución de energía eléctrica y a la iluminación pública. Siendo la lista anterior las obras mínimas, sin perjuicio de las redes de comunicaciones y de distribución de gas y redes de comunicaciones.
En el proceso de habilitación se realizan aportes obligatorios de terreno para recreación pública, que serán áreas de uso público irrestricto; así como para servicios públicos complementarios, para educación, salud y otros fines. Sin embargo estos aportes se hacen en dinero cuando el tamaño de terreno no cumple con las cantidades reglamentarias de aportes; los aportes reglamentarios son los establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones. Están exonerados de realizar aportes reglamentarios los proyectos de inversión pública, de asociación público-privada o de concesión que se realicen para la prestación de servicios públicos esenciales o para la ejecución de infraestructura pública. También están exoneradas las habilitaciones urbanas de oficio y la actualización registral. |
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