IMPROCEDENCIA DEL TRÁMITE DE REGULARIZACIÓN DE DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN
Mediante Ley 30830 no procede el procedimiento de regularización de declaratoria de edificación establecido en la Ley 27157 en los siguientes casos:
El último supuesto de improcedencia, en nuestra experiencia y opinión, debe ser escrito literalmente en el informe de verificación Ad Hoc, cuando así este lo haya constatado
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Esta improcedencia se estableció en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30830. Asimismo se estableció que obligatoriamente el Verificador Responsable como el Verificador Ad Hoc (de ser el caso) deberán presentar una Declaración Jurada con firmas certificada por notarios de que la edificación materia de regularización no se encuentra dentro de todos los supuestos de improcedencia .
Aunque no lo dice, se entiende que tanto el Verificador Responsable como el Ad Hoc son los que deberán declarar la improcedencia aunque estimamos que el Verificador Responsable busque igualmente que el Verificador Ad Hoc confirme la improcedencia.
El Verificador Responsable y el Verificador Ad Hoc asumen la responsabilidad exclusiva por la veracidad del contenido de dicha declaración jurada; los Registradores Públicos no pueden exigir, bajo responsabilidad, otros requisitos para acreditar dicha circunstancia.
Aunque no lo dice, se entiende que tanto el Verificador Responsable como el Ad Hoc son los que deberán declarar la improcedencia aunque estimamos que el Verificador Responsable busque igualmente que el Verificador Ad Hoc confirme la improcedencia.
El Verificador Responsable y el Verificador Ad Hoc asumen la responsabilidad exclusiva por la veracidad del contenido de dicha declaración jurada; los Registradores Públicos no pueden exigir, bajo responsabilidad, otros requisitos para acreditar dicha circunstancia.
Declaración Jurada de No Improcedencia LEY 30830
La Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30830 estableció cinco causales de improcedencia del tramite de regularización desde la publicación de la Ley 30830. En ese sentido el Verificador Responsable deberá adjuntar a su informe, una Declaración Jurada con firma certificada por notario, en la que consigna expresamente que el predio materia de regularización no se encuentra comprendido dentro de los supuestos de improcedencia. En caso de participación de Verificador(es) Adhoc, este(os) también están obligados a adjuntar a su(s) informe(s) esta Declaración Jurada.
Se recomienda que en esta Declaración Jurada se haga alusión completa y textual de todo el párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30830.
Se recomienda que en esta Declaración Jurada se haga alusión completa y textual de todo el párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30830.

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